Guía · Preguntas básicas

¿Qué pasa si te pillan volando un dron?

Si te pillan volando un dron sin cumplir la norma, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea puede abrirte un expediente sancionador. La Ley 21/2003 (art. 55) fija multas de hasta 225.000 euros si la actividad no es comercial y de hasta 4.500.000 euros si es comercial o remunerada, según la infracción sea leve, grave o muy grave.

Antes de que pase: casi todas las multas nacen de volar donde no se podía o sin el trámite que tocaba. Entra en AERIA, marca el punto y comprueba qué zonas lo afectan antes de despegar.

Actualizado: noviembre de 2026 · Lectura 5 min · Por el equipo de AERIA

Sobre cerrado, unas gafas y un dron plegado sobre una mesa oscura.
Lo que llega después de un vuelo irregular no es una multa en el acto, sino la notificación de un procedimiento sancionador de la AESA. Imagen generada con IA

Que te paren mientras vuelas no significa que te multen en ese momento. Lo que suele venir después es un procedimiento administrativo con sus fases, sus plazos y tu derecho a defenderte. Aquí tienes las cifras y quién decide, sacadas directamente de la Ley 21/2003, de Seguridad Aérea, en su versión vigente.

¿Cuánto es la multa por volar un dron sin permiso?

El artículo 55 distingue dos escalas. La primera es para quien vuela sin carácter comercial. La segunda, para quien realiza la actividad con carácter comercial o a cambio de una contraprestación económica no salarial.

InfracciónSin carácter comercial (art. 55.1)Comercial o remunerada (art. 55.2)
LeveApercibimiento o de 60 a 45.000 €Apercibimiento o de 4.500 a 70.000 €
GraveDe 45.001 a 90.000 €De 70.001 a 250.000 €
Muy graveDe 90.001 a 225.000 €De 250.001 a 4.500.000 €

Son horquillas legales, no tarifas. El importe concreto se fija en cada expediente con los criterios del artículo 59: la negligencia o intención, el riesgo creado para personas, aeronaves y bienes, los perjuicios causados, si ocurrió durante la operación de vuelo y la reiteración.

Si cobras por volar, aunque sea un encargo puntual, juegas en la escala del artículo 55.2: el tope de una infracción muy grave pasa de 225.000 a 4.500.000 euros.

¿Quién sanciona?

La competencia para imponer las sanciones de la Ley 21/2003 es de la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (artículo 58). El procedimiento se inicia siempre de oficio, por acuerdo de esa misma Dirección, por iniciativa propia, por orden superior, por petición razonada de otros órganos o por denuncia (artículo 62). La instrucción la lleva el órgano de la AESA que tenga atribuida esa competencia (artículo 64).

Esta guía se centra en la Ley 21/2003. Si el vuelo afecta a otros bienes protegidos, pueden aplicarse además otras normas con su propio régimen.

Hélice de dron partida junto a hélices de repuesto y una funda de documentos con hojas en blanco sobre un banco de trabajo oscuro.
Además de la multa, la resolución puede obligar a reponer lo dañado o a indemnizar los daños causados (art. 57 de la Ley 21/2003). Imagen generada con IA

¿Hay algo más que la multa?

¿Cuánto tarda y cuándo prescribe?

La AESA tiene nueve meses para resolver y notificar si la infracción es leve, doce si es grave y dieciocho si es muy grave; pasado ese plazo sin resolución, se declara la caducidad (artículo 65). Las infracciones prescriben al año las leves, a los dos años las graves y a los tres las muy graves (artículo 60). El paso a paso del expediente, con tus derechos en cada fase, está en el expediente sancionador por volar un dron, paso a paso.

¿Se puede pagar menos?

Sí, si la sanción es solo económica. El artículo 85 de la Ley 39/2015 prevé reducciones de al menos el 20 % por reconocer la responsabilidad y por pagar voluntariamente antes de la resolución, acumulables entre sí. Tienen que venir indicadas en la notificación de inicio y obligan a renunciar a recurrir la sanción en vía administrativa.

Cómo te ayuda AERIA

La forma más sencilla de no tener que leer esta guía dos veces es volar con los papeles en regla. Usa AERIA antes de cada vuelo: detecta las zonas de ENAIRE del punto, prepara la documentación que pide cada organismo, la envía y te avisa cuando hay respuesta. AERIA no autoriza vuelos ni puede prometer plazos ni que la respuesta sea favorable, pero sí que el trámite se presenta completo y a quien corresponde.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si te pillan volando un dron?

Si te pillan volando un dron sin cumplir la norma, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea puede abrirte un expediente sancionador. La Ley 21/2003 (art. 55) fija multas de hasta 225.000 euros si la actividad no es comercial y de hasta 4.500.000 euros si es comercial o remunerada, según la infracción sea leve, grave o muy grave.

¿Quién pone la multa por volar un dron?

La persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), según el artículo 58 de la Ley 21/2003. El procedimiento se inicia siempre de oficio, por iniciativa propia de la AESA, por orden superior, por petición razonada de otros órganos o por denuncia.

¿Es lo mismo la multa si vuelo por afición que si cobro?

No. El artículo 55.1 de la Ley 21/2003 se aplica a quien no actúa con carácter comercial: de 60 a 225.000 euros según la gravedad. El 55.2 se aplica a quien vuela con carácter comercial o a cambio de una contraprestación no salarial: de 4.500 a 4.500.000 euros.

¿Puedo pagar menos si reconozco la infracción?

Si la sanción es solo económica, la Ley 39/2015 (art. 85) prevé reducciones de al menos el 20 % por reconocer la responsabilidad y otras tantas por pagar voluntariamente antes de la resolución, acumulables. Deben aparecer en la notificación de inicio y exigen renunciar a recurrir la sanción en vía administrativa.

Fuentes oficiales

Esta guía es informativa y no sustituye a la normativa oficial de la AESA/ENAIRE ni constituye asesoramiento legal. Verifica siempre los requisitos vigentes antes de volar.