Volar un dron sobre personas o aglomeraciones
Es uno de los límites más estrictos —y peor entendidos— de la normativa. Hay una diferencia clave entre personas sueltas y aglomeración, y cambia por completo lo que puedes hacer.
El plano cenital de una multitud es de los más buscados… y de los que más multas genera. Porque "hay gente" no significa lo mismo en todos los casos, y la norma distingue.
Personas ≠ aglomeración
- Aglomeración: una concentración densa de gente (concierto, manifestación, evento, playa llena). Volar sobre ella está prohibido en categoría abierta, sin excepción.
- Personas no implicadas sueltas: volar cerca de gente que no participa en tu vuelo está muy limitado y depende de la subcategoría (A1, A2, A3) y del peso del drone.
El factor que multiplica el riesgo: el peso
Cuanto más pesa el drone, más lejos debes mantenerlo de las personas. Un aparato ligero te da más margen; uno grande te obliga a alejarte. Por eso la subcategoría (A1/A2/A3) y el peso son inseparables de esta pregunta.
Y aparte: el derecho a la imagen
Aunque puedas volar, grabar a personas identificables es otra capa: protección de datos y derechos de imagen. Es el lío típico de bodas, eventos y reportajes, y va más allá del permiso de vuelo.
Si tu grabación implica gente y no quieres arriesgarte, deja que AERIA te ordene los permisos de drones y los límites que aplican a tu caso:
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¿Y si la gente da su consentimiento?
El consentimiento ayuda con el derecho de imagen, pero no levanta la prohibición de volar sobre aglomeraciones ni los límites de seguridad por subcategoría. Son cosas distintas.
¿Puedo volar en un parque con gente paseando?
Depende de la densidad y de la zona. Pocas personas dispersas no es una aglomeración, pero sí debes mantener las distancias de tu subcategoría y comprobar que el parque no esté en zona restringida.
Esta guía es informativa y no sustituye a la normativa oficial de la AESA ni a la de protección de datos, ni constituye asesoramiento legal. Verifica siempre tu operación concreta antes de volar.