Dron de menos de 250 g: ¿necesito permiso?
Es el mito más extendido: "si pesa menos de 250 g puedo volar donde quiera". La realidad tiene matices importantes. Te contamos qué cambia de verdad y qué no.
Los drones de menos de 250 g (el DJI Mini y similares) son los más vendidos precisamente porque tienen menos restricciones. Pero "menos" no es "ninguna", y ahí es donde mucha gente se mete en problemas sin saberlo.
Lo que SÍ cambia con menos de 250 g
- Puedes volar en la subcategoría A1, que permite volar más cerca de personas (no sobre multitudes).
- No se exige el examen A1/A3 para volar en A1 con estos drones (aunque conocer la norma sigue siendo tu responsabilidad).
- Menos requisitos de seguro en uso recreativo.
Lo que NO cambia (y aquí está la trampa)
- Registro de operador: si tu dron lleva cámara (casi todos), debes registrarte como operador en la AESA, aunque pese menos de 250 g.
- Zonas geográficas: las restricciones de cada zona aplican igual. El mapa no distingue por gramos.
- Privacidad: grabar a personas identificables tiene sus reglas, pese poco o mucho el dron.
Entonces, ¿puedo volar mi Mini aquí o no?
Esa es justo la pregunta clave, y la respuesta depende de tu ubicación exacta, no del peso. Comprobar manualmente si tu punto de vuelo cae en una CTR, una zona protegida o una restricción militar es lo que más confunde al piloto que empieza.
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¿El DJI Mini necesita registro?
Sí: lleva cámara, así que debes registrarte como operador UAS aunque pese menos de 250 g. El registro es gratuito y se hace una vez.
¿Puedo volarlo en el centro de una ciudad?
Sobre aglomeraciones de personas no, y la mayor parte del entorno urbano denso requiere precaución y, a menudo, condiciones específicas. El peso reducido ayuda, pero no es barra libre.
Esta guía es informativa y no sustituye a la normativa oficial de la AESA ni constituye asesoramiento legal. Verifica siempre los requisitos vigentes y tu zona concreta antes de volar.